Si soy ciudadano norteamericano o mexicano, ¿puedo entrar a Canadá más fácilmente?

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El NAFTA (North America Free Trade Agreement) contempla entradas temporales a los tres países suscriptores: para los ciudadanos canadienses, mexicanos y norteamericanos, según el Capítulo 16 de este acuerdo.

En el caso de los Estados Unidos, los ciudadanos del Distrito de Columbia y Puerto Rico están cubiertos bajo las provisiones del NAFTA; pero los ciudadanos de Guam, las Islas Marianas del Norte, America Samoa y las Islas Vírgenes Americanas, quedan excluidos de los beneficios del NAFTA.

Los residentes permanentes de los países que suscriben el NAFTA (Canadá, México y Estados Unidos) no están cubiertos por este acuerdo; únicamente los ciudadanos.

Las personas de negocios incluidas en el Capítulo 16 del Nafta se agrupan en estas cuatro categorías:

  • Visitantes de negocios
  • Profesionales
  • Transferencias entre compañías
  • Comerciantes e inversionistas

Los visitantes de negocios pueden entrar a Canadá por negocios y, en algunos, casos no necesitan un permiso de trabajo. Los profesionales son personas de negocios que buscan entrar a Canadá para proveer servicios profesionales pre-establecidos; existen más de 60 ocupaciones cubiertas bajo este rubro.

Los profesionales no están sujetos a una LMIA (Labour Market Impact assessment), pero requieren un permiso de trabajo previo.

Los transferidos entre-compañías, son empleados por una empresa mexicana o nortemericana en una posición gerencial o ejecutiva, y son trasladados a una empresa canadiense que es subsidiaria, afiliada, relacionada, o sucursal de la empresa extranjera, para proveer servicios en la misma área. Estos transferidos no necesitan LMIA, más si necesitan contar con un permiso de trabajo.

Los comerciantes e inversionistas pueden comerciar entre los Estados Unidos, México y Canadá. Están comprometidos o están en el proceso de comprometerse a invertir una cantidad sustancial de capital en Canad´s; deben estar empleados en un puesto ejecutivo o de supervisión; o alguno que implique tener habilidades especiales. No es necesaria la LMIA, pero si deben contar con un permiso de trabajo.

Puntos importantes sobre el Nafta:

  • No está concebido para ayudar a quienes desean lograr un residencia permanente.
  • No aplica a los residentes permanentes de los tres países; únicamente a los ciudadanos.
  • No reemplaza las leyes que regulan a los empleados extranjeros.
  • No tiene efectos en los requerimientos relacionados a los pasaportes, documentos de identidad, exámenes médicos, y requerimientos de seguridad.
  • No reemplaza o sustituye la obligación de cumplir con certificaciones o licencias relacionadas al ejercicio de una profesión.
  • No extiende privilegios especiales a esposas(os) o miembros de la familia; su entrada queda sujeta a las provisiones de las leyes migratorias canadienses y sus regulaciones.

Si eres ciudadano mexicano o de los Estados Unidos de América, puedes solicitar tu evaluación y nuestra asesoría para conocer tus posibilidades de establecerte en Canadá bajo los términos de este acuerdo.

Si deseas establecerte de forma permanente en Canadá, solicita la evaluación de tu perfil migratorio, para así dar inicio a un proceso por la residencia permanente canadiense.

Para más información, escríbenos a info@vivaencanada.com

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